Decreto 178-2016
La nueva ley surge del acuerdo tripartito que alcanzaron los representantes de los trabajadores, empresarios y el gobierno. El propósito de la ley es garantizar que las empresas cumplan con los derechos como jornada laboral, seguridad social, pago de salarios y condiciones adecuadas de higiene y seguridad a los trabajadores.
También dicha ley establece una serie de sanciones. A continuación las multas más severas:
Nota; también hay mecanismos legales y de cumplimiento en plazos perentorios, que pueden eximir al patrono de las multas a las que se haya hecho acreedor, siempre y cuando cumpla con la subsanación de los derechos violados a los trabajadores en un plazo menor a los 10 días, excepto en el caso de la obstrucción a la labor del inspector y de la sindicalización. Además, se pueden brindar inspecciones de asesoría a los empleadores que voluntariamente quieran cumplir la legislación laboral, sin que incurran inmediatamente en una sanción.
Es importante manifestar que con la ley anterior la multa más alta era de 5 mil lempiras.
Esta nueva ley entró en vigencia el pasado mes de marzo y se está a la espera de la publicación de su respectivo reglamento para iniciar su aplicación. Es importante que las empresas conozcan las obligaciones laborales a las cuales están sujetas para que no incurran en incumplimientos y pagos de multas.
Para más información acerca de este artículo o de temas laborales en general por favor no dude contactar a nuestros abogados especializados en el tema Gustavo Adolfo Zacapa (gustavo.zacapa@gz.hn) y/o Marco Durón (marco.duron@gz.hn).
Autor: Marco Durón